NORMATIVA MODIFICACIONES

NORMATIVA MODIFICACIONES

#10227
CONSIDERACIONES SOBRE EL MANUAL OFICIAL DE REFORMAS DE VEHICULOS
Qué es legal, qué pasa la ITV y qué no, y qué se puede legalizar.

:( ENLACE AL DOCUMENTO OFICIAL


II. VEHÍCULOS DE CATEGORÍA L

El puteo es singular, pero en lo que nos atañe, ahi van las porculizaciones:


MODIFICACION
¿QUE HAY QUE APORTAR?

1.3.- Cambio de emplazamiento de la placa de matrícula

 Informe de conformidad
- Copia de la Resolución de la Autoridad de homologación.
- Informe según Anexo II
 Certificado del Taller
(Lo anterior es necesario para todas las modificaciones, y en algunos casos, mas cosas todavía)

Y en la ITV verificarán:
Capítulo 1.- Identificación (matricula homologada)
Capitulo 4.- Dispositivos de alumbrado y señalización (iluminacion de la matricula y catadioptricos)


2.1.- Modificación de las características o sustitución de los elementos del sistema de admisión del comburente

El comburente es el aire, no la gasolina, por si algun listillo se lía. Asi que...a tomar por culo los hipercharger y los filtros de aire demasiado cachondos, porque....

"INFORMACIÓN ADICIONAL
En esta reforma se contemplarán las modificaciones ó incorporaciones del sistema de la admisión, tales como: la incorporación ó
modificación de filtro ó de cajas de filtro, entre otras"



(Lo anterior es necesario para todas las modificaciones siguientes, y en algunos casos, mas cosas todavía)

En la homologacion verificarán:
Si la modificación afecta a :
Velocidad máxima, Potencia y par máximo, Salientes exteriores, Emisiones contaminantes,Antimanipulación (que no se pueda manipular de forma que afecte a lo anterior) y
Nivel sonoro.

Y en la ITV:
– Acondicionamiento exterior, carrocería y chasis (si sobresale o tiene elementos cortantes o afilados para los peatones, por ejemplo)
- Emisiones (si afecta a las emisiones homologadas, que va a ser que si)
- Motor y Transmisión (si afecta a la potencia declarada, que también)


2.2.- Modificación de las características o sustitución de los elementos del sistema de alimentación de combustible

No os doy la brasa, es lo mismo que en el anterior, pero ahi hay dos cosas nuevas muy cachondas:
- Los depositos de gasolina.....tienen que estar homologados
- En teoría podrían verificar los pasos de carburacion (chiclés), aunque eso ya es para nota , pa matricula de honor,vamos
- Directiva de compatibilidad electromagnetica (en caso de sustituirse la centralita original)
- En cambio, se puede reprogramar la centralita, mira tu por donde


2.3.- Modificación o sustitución de la unidad motriz por otra de distintas características
Bueno, esto esta muy claro, no se puede poner el motor de un Seat 600 en una sporster, por mucho que sea mejor y más fiable....


2.6.- Modificación o sustitución de las características del sistema de escape: disposición, volumen total, silenciadores,
catalizador, tramo de salida


O como dice el 11 Mandamiento de la ley divina: "Te conformarás con el escape de fabrica, o caerá sobre ti la cólera del vigilante del túnel"

Esta Reforma afecta a la disposición, volumen total, silenciadores, catalizador, tramo de salida.
Para sustitución de silenciosos de escape se admiten dispositivos homologados para el vehiculo reformado conforme a la
directiva 97/24/CE Capitulo 9, en vehículos matriculados con anterioridad a 01/01/2009 ó homologados con la Directiva
2005/30/CE o posteriores para el resto de vehículos sin necesidad de realización de ensayos.
En vehículos con homologación por 92/61/CEE ó 2002/24/CE, será obligatorio la incorporación de un silencioso homologado
por 2005/30/CE o 97/24/CE Capitulo 9.
No se considerará reforma la sustitución de silenciosos por otros que cumplan la Directiva 97/24/CE Capitulo 9 o sustitución
de catalizadores por otros que cumplan la Directiva 2005/30/CE.
Se entiende por tramo de salida, el comprendido entre el último silencioso y la salida.

Con una salvedad para los vehiculos matriculados antes del 86, cuando no existian dichas directivas.

O sea, que hay que ponerle el original para pasar la ITV y punto.


2.7.- Modificación de la ubicación, sustitución, adición o reducción del número de depósitos de combustible

Por si no estaba claro en el punto 2.2, más de lo mismo.
En esta reforma se considerarán los casos en los que se altera la configuración inicial de los depósitos de combustible, por
cambio de emplazamiento, sustitución por otro diferente, añadir o eliminar depósitos, adición de depósito(s) auxiliar(es),
modificar los periféricos, conexiones o fijaciones al vehículo.
En caso de que la modificación ó adición del depósito de combustible afecte al sistema de alimentación de combustible se
aplicará el código de reforma 2.2


2.9.- Modificación de sistemas o de la programación de los mismos que puedan variar la potencia máxima
Las centralitas paralelas (mi Dinojet Power Commander), etc, a tomar x el puto culo


En el caso de aumento de prestaciones en vehículos de las categorías L1e, L2e, L6e, que sobrepasen los límites establecidos
para dichas categorías se tendrá en cuenta otros actos reglamentarios que podrían verse afectados.
Esta reforma se aplicará a cualquier modificación de potencia realizada sobre el recorrido del acelerador, o sobre la
programación de la centralita, sin determinar limitaciones de potencia salvo los que determinen los propios actos
reglamentarios.
Solo se permitirán las reducciones de potencia partiendo desde la potencia original del vehículo incluida en la homologación
del mismo, no permitiéndose reducciones sucesivas.
No tendrá consideración de limitación sucesiva la restitución parcial de 25 kW a 35 kW, siempre que la potencia original sea
igual o mayor de 35 kW.
En la relación potencia máxima/peso recogida en el RD 818/2009 para los vehículos que determina el permiso tipo A2, se
entenderá por peso a la masa en orden de marcha (sin conductor).


2.10.- Modificación del sistema de accionamiento para el arranque de la unidad motriz

La gilipollez esa del sistema de arranque por patada simulada que puso alguien por aqui, a tomar x culo


3.2.- Modificación, adición o cambio de posición del sistema de accionamiento del embrague

Al que se le haya ocurrido montar un embrague tipo "embrague suicida" (accionado con el pié)....pos a tomar por culo....


3.3.- Modificación de la caja de cambios o sustitución por otra de distintas características

Ahi yo quiero ver al de la ITV, a ver como cojones se lo monta....


3.4.- Modificaciones de las características o sustituciones en los elementos de transmisión por otros diferentes desde la
salida de la caja de cambios hasta las ruedas


Los inventos para ponerle correa dentada a las 600 o los cambios de piñon/corona....a tomar por el saquito...


3.6.- Modificación o sustitución del sistema de selección de velocidades por otro de distintas características

Que guays quedan los mandos avanzados, verdad .... ¡¡¡ pos a tomar por saco, tambien !! :angry:

Esta reforma se aplica a transformaciones tales como: cambio de emplazamiento del selector, mando o sistema de
accionamiento, reenvíos, sistemas eléctricos, hidráulicos, entre otras


4.2.- Modificación de la distancia entre ejes

Las horquillas chopper, a la puta mierda....


4.7.- Cambio en dimensiones o índice de carga y/o índice de velocidad en neumáticos
4.9.- Cambio en dimensiones o índice de carga y/o índice de velocidad en neumático
4.10.- Modificaciones o sustituciones en llantas, ruedas ó instalación de separadores de rueda



Criterios de equivalencia para neumáticos:
- Índice de capacidad de carga igual o superior.
- Código de categoría de velocidad igual o superior.
- Igual diámetro exterior con una tolerancia de + 3 %.
- Que el perfil de la llanta de montaje sea el correspondiente al neumático.
Para comprobar los criterios y determinar si los neumáticos son equivalentes, pueden utilizarse diversas tablas y
documentaciones donde aparecen los datos más significativos, por ejemplo neumáticos clasificados por su diámetro exterior de
diseño según normas ETRTO.
Cuando en la sustitución de neumáticos se produzca una mejora en el índice de carga y/o de velocidad, siempre y cuando el
índice de velocidad se mantenga igual en ambos ejes, no se considerará reforma.
En el caso de incorporar el vehículo sistema de freno ABS ó freno avanzado, se estudiara la compatibilidad de la reforma con el
correspondiente de sistema de funcionamiento del mismo

5.1.- Modificación de las características del sistema de suspensión o de algunos de sus componentes elástico
En teoría, solo afecta a las modificaciones de los puntos de anclaje y recorridos. No es previsible que controlen un cambio de marca de amortiguadores, aunque un cambio de horquilla afecta a las dimensiones del vehiculo, asi que....


6.2.- Cambio de emplazamiento ó adición de volante
¿las torretas?.... a tomar por culo, es lo que hay...


6.6.- Sustitución del manillar por otro

Pues eso, sin comentarios. Los cuelgamonos no pasan la ITV. Si el ancho del manillar no es el de la homologacion, tampoco.


7.1.- Modificaciones de las características del sistema de frenado o de alguno de sus componentes
7.3.- Modificación, adición o cambio de posición de los mandos de accionamiento del freno


Ni los latiguillos metálicos, ni los mandos avanzados, muchachos....


8.1.- Reducción de plazas de asiento
8.2.- Aumento de plazas de asiento
8.10.- Sustitución de asiento por otro distinto


- Se considerará reforma la anulación de plazas del pasajero en vehículos de 2 ruedas y la anulación permanente así como los
asientos de cinturón de seguridad en su caso.
- Los vehículos deberán incorporar reposapiés o plataforma de apoyo para la correcta sujeción del pasajero.
El aumento de plazas debe ser adecuadas a su función, desestimándose la que no corresponda a una correcta “posición” de la
plaza aumentada así como la no interferencia con el conductor, éste debe mantener su posición inicial, sin ninguna limitación a la
hora del accionamiento de los mandos, actuadores necesarios para la conducción del vehículo.
- Esta reforma aplicará solo a los asientos, entendiendo a aquellos que incorporan respaldo y el usuario no va sentado a
horcajadas. No se exigirá proyecto técnico si no se modifican/varían los puntos de anclaje del asiento y de los cinturones

Esto último es del punto 8.10, y no se entiende que quiere decir, desde mi punto de vista


8.51.- Modificaciones que afecten a la carrocería de un vehículo

ESTA ES UNA PUTADA MUY GRANDE, OJO CON ELLA

"En los vehículos de 2 ruedas se entenderá por carrocería, el carenado, parabrisas, la cúpula o cualquier elemento que rodee y
protejan a los ocupantes o al vehículo"

Y para que el tema sea legal hace falta:

Proyecto Técnico : Un ingeniero tiene que hacer un proyecto
Certificación final de obra : vaya usted a saber....
Informe de Conformidad : Homologacion
Certificado del Taller: certificado de instalacion

¿para una pantalla? Pues si, amiguetes....


8.52.- Modificación ó incorporación de elementos en el exterior del vehículo

Este es el punto a que se refería Brendan, aunque despues de la sarta de hostis anterior, no te creas que me resucita


Esta reforma se aplica a la sustitución o incorporación de elementos tales como: espejos exteriores, ... estribos, peldaños laterales, taloneras, sustitución o modificación de los parachoques,.....soportes para la instalación de sistemas de alumbrado específico y en general cualquier elemento superpuesto sobre el vehículo homologado original.
Se incluirán en esta reforma la incorporación de elementos fijos (no desmontables sin el uso de herramientas), como por ejemplo portaequipajes anclados en lugares distintos a los previstos por el fabricante del vehículo.
No tendrán consideración de reforma la instalación de elementos que sean desmontables con herramientas de uso común siempre y cuando sea una instalación sobre el vehículo de modo no permanente y se utilicen los soportes previstos por el fabricante.
Cuando la transformación no afecte a la estructura, esta reforma se tramitará sin necesidad de proyecto técnico, ni certificado de ejecución de obra (PERO SI CERTIFICADO DE TALLER. EL BRICOLAJE, A PARTIR DE AHORA, EN CARPINTERIA DE VUESTRA CASA)


8.91.- Modificación o incorporación de mandos, testigos e indicadores

Molaba llevar el cuadro de instrumentos hecho una feria, pues ahora se ha acabado....


8.92.- Modificación o incorporación de un asidero

La correa del asiento, que no falte. Los guardarrailes de las carreteras, se pueden quedar, que eso no afecta a la seguridad. Pere Navarro, Miguel Sebastian, si os encuentro, os juro que os corto los cojones...

8.93.- Sustitución de un velocímetro

Uf...que cosas....


8.94.- Modificación, sustitución o incorporación de dispositivo antirrobo

Esto tambien, muy importante.... Si alguien tiene una iniciativa para asaltar el ministerio de Industria y prenderle fuego con el ministro dentro, que me avise, que me apunto. Por menos que esto se tomó el Palacio de Invierno en San Petersburgo....panda de mamones...


8.95.- Modificación o adición de un caballete

Esa patita de cabra tan chula que le pusimos.... a tomar por la bajante general...


8.96.- Sustitución o incorporación de avisador acústico

Tony, hala, a quitarle las bocinas... no cuelan...


9.1.- Adición de cualquier elemento, dispositivo, sistema, componente o unidad técnica independiente de alumbrado y
señalización
9.2.- Modificación o sustitución de cualquier elemento, dispositivo, sistema, componente o unidad técnica independiente
de alumbrado y señalización, en cuanto a ubicación o característica


Faros auxiliares...fuera !!


10.3.- Instalación o modificación de dispositivos de acoplamiento

Si la moto tiene contraseña nacional, por ejemplo, una Ducati 500 fabricada en Barcelona, no puede ponersele enganche, y punto pelota. Si el enganche no esta homologado, tampoco vale. Tony, el remolque cargado nunca podra superar el peso en vacío de tu moto (no mas de 125 kg)

Los dispositivos de acoplamiento que se vayan a instalar en vehículos de dos ruedas, tres ruedas, y cuadriciclos y
quads deben estar debidamente homologados para instalación por el Capitulo 10 de la Directiva 97/24 marcado
según Directiva 94/20/CE. Este requisito es obligatorio para vehículos con contraseña europea. En vehículos con
contraseña nacional no está permitido disponer de dispositivo de acoplamiento.
Las motocicletas, los vehículos de tres ruedas, los ciclomotores podrán arrastrar un remolque o semirremolque,
siempre que no superen el 50 por ciento de la masa en vacío del vehículo tractor

Bueno, señores, esto es lo que dice la ley. Todo lo anterior, por supuesto, se puede poner en una moto, pero o bien esta homologado y con certificado de taller, o lo quitas de la moto antes de la ITV. Si te para la GC y es algo muy evidente, sanción.

Es lo que hay, chicos. Los que les votasteis, podíais haberos pegao un martillazo en los huevos en vez de... que quereis que os diga... y los que no votamos, pues eso, que por lo menos tenemos el consuelo de no ser participes en tanta subnormalidad. :angry:
Última Edición: 6 años 4 meses antes por acrux.

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Re: Re: NORMATIVA MODIFICACIONES

#10236
menos mal que puedo llevar el rulo y las alforjas, asi que me olvido de escapes y taladro los originales y les hago una rosca para tapar en la itv...............y poco mas, intermitentes que se le parezcan por lo menos y en el mismo sitio colocados.................................y a los politicos no les multan, han pasado de CABRONES A HIJOPUTAS, y sin pasar por ingeniero que los homologue...............................cerveza cerveza

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Re: Re: NORMATIVA MODIFICACIONES

#10239
Vaya tela a tomar por culo otro montón de puestos de trabajo cerveza cerveza

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Re: Re: NORMATIVA MODIFICACIONES

#10652
xD pues nada, habrá que buscar un sitio donde te pasen la "ITV pirata" porque uff yo volver a desmontar, montar, desmontar y volver a montar me da asi como ferecia me cagon la puta xD cerveza

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Re: Re: NORMATIVA MODIFICACIONES

#10663
Vamos esto es acojonante:

(En los vehículos de 2 ruedas se entenderá por carrocería, el carenado, parabrisas, la cúpula o cualquier elemento que rodee y
protejan a los ocupantes o al vehículo"

Y para que el tema sea legal hace falta:

Proyecto Técnico : Un ingeniero tiene que hacer un proyecto
Certificación final de obra : vaya usted a saber....
Informe de Conformidad : Homologacion
Certificado del Taller: certificado de instalacion)

¿Quien lo va a cumplir, si es de risa...? :angry: :angry: :angry:


Adjuntos:
Última Edición: 13 años 1 mes antes por oraculo.

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Re: Re: NORMATIVA MODIFICACIONES

#10669
Como diría el Matías el Humilde (me sobra el dineroooooo maricon..s voy a ponerle a la moto lo que me salga del ciruelo y a tomar por cu..o que estoy hasta el nispero de que se prohiba hasta el respirar en este puto país)

El Shandow Custom Club no se responsabiliza de las opiniones vertidas en esta pagina :moto: por este energumeno.
La sabiduría me persigue, por ahora soy mas rápido. Socio sin Número
Última Edición: 13 años 1 mes antes por Julius Custom.

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Re: Re: NORMATIVA MODIFICACIONES

#10757
Lo chungo de pasarla pirata es que te sacan el dinero por la ITV y luego si te pilla una "pareja de hecho" un poco cabrona pues te cae encima lo que les de la gana, si la noche de antes su mujer no quiso tema la llevas clara... cerveza cerveza cerveza cerveza

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Re: Re: NORMATIVA MODIFICACIONES

#10806

Lo chungo de pasarla pirata es que te sacan el dinero por la ITV y luego si te pilla una "pareja de hecho" un poco cabrona pues te cae encima lo que les de la gana, si la noche de antes su mujer no quiso tema la llevas clara... cerveza cerveza cerveza cerveza


Nah, te cae lo mismo que si montas todo de casa la pasas y la vuelves a cambiar pero con el hecho de no tener que tocarla y siempre y cuando el precio compense la mano de obra ahorrada xD
cerveza

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Re: Re: NORMATIVA MODIFICACIONES

#10819
Ayer le pasé la ITV al coche y como el chaval parecia enroyado le pregunte por el tema motos:
El tema defensas tambien lo miran, tienen que ser de la casa y homologadas.
Las estriberas idem.
Y demos gracias que de momento las alforjas de cuero y rulo todavia los permiten, no pasa lo mismo con las alforja rigidas. cerveza cerveza cerveza

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Re: Re: NORMATIVA MODIFICACIONES

#11453
El año pasado la ITV la pasé como si fuera Chicago años 30: a base de favores.
El año que viene espero no tener que poner el culo. No me extraña que cierren empresas que se dedicaban a esto de la transformación y a la venta de piezas aftermarket, y que la gente cada día lo tenga más complicado para salir adelante.
Acrux, si hay que asaltar el palacio de invierno se asalta, y el de verano y el de primavera y su puta madre.
Salud y que no nos quiten la ilusión.

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